El reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) está vigente en toda su extensión desde el 25 de mayo de 2018, e incorpora cambios importantes en las obligaciones y responsabilidades de las entidades que gestionan datos de particulares, en particular los datos especialmente protegidos.
Asimismo, deberá atenderse a lo dispuesto en la LOPD 3/2018 de 5 de diciembre.
El RGPD asigna a las entidades responsables del tratamiento una serie de obligaciones para garantizar la aplicaciónde medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder demostrar que el tratamiento es conforme con Reglamento (art. 24). No cumplir con las obligaciones puede suponer un handicap comercial, así como responsabilidades y pérdidas de reputación.
Apolo Ingeniería puede ayudarle a cumplir con las obligaciones que derivan del RGPD por medio de un plan integral del tratamiento desde su concepción, asi como la implantación de métodos y procedimientos que lleven a cabo las mejores prácticas organizativas y técnicas.
También pueden desarrollar planes de choque para adaptarse a los requerimientos claves del RGPD, así como planes de mantenimiento que asegure su seguimiento en el futuro y que prevenga acciones u omisiones que puedan traducirse en incumplimientos de las obligaciones.
Una de las obligaciones para avanzar en el cumplimiento de las obligaciones para gran número de entidades es el nombramiento de un delegado de protección de datos (DPD). El art. 35 de la LOPD 3/2018 comenta sobre la Cualificación del Delegado de Drotección de Datos.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 37.5 del Reglamento (UE) 2016/679 para la designación del delegado de protección de datos, sea persona física o jurídica, podrá demostrarse, entre otros medios, a través de mecanismos voluntarios de certificación". Por este motivo Apolo Ingeniería cuenta con DPD,s certificados en el esquema adoptado por la AEPD.
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